Para su información, facilitamos las comunicaciones mantenidas con D. Fernando Riesco, de la Subdirección General de Sanidad Exterior (Ministerio de Sanidad), relativas al régimen aplicable a la presentación de los certificados sanitarios originales.
Atentamente,
Martín Fernández
Adjunto – Secretario Técnico
FETEIA
Via Laietana, 32-34 4ª – 08003 Barcelona
Telf:(+34)932 68 94 30
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales le informamos que los datos contenidos en este correo y/o archivo adjunto formarán parte de un fichero titularidad de ATEIA ARAGON OLT con la finalidad de mantener una relación comercial. En este sentido, ATEIA ARAGON OLT se compromete a respetar la confidencialidad en la utilización de estos datos, así como a dar cumplimiento a su obligación de guardarlos y adaptar todas las medidas de seguridad oportunas para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Sin perjuicio de ello, Ud. podrá ejercitar sus derechos en materia de protección de datos dirigiéndose a ateia@ateiaaragon.org. Puede ampliar esta información sobre protección de datos en nuestra web www.ateiaaragon.org
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Buenas tardes,
Confirmo la validez de la información facilitada y que os pensábamos enviar para su traslado a todos vuestros federados.
Muchas gracias.Un saludo,
FERNANDO RIESCO RODRÍGUEZ
Jefe de Área de Control Internacional de Mercancías
Subdirección General de Sanidad Exterior Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación Ministerio de Sanidad
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Estimado Fernando,
A continuación te remitimos comunicación recibida por una Asociación de nuestra Federación, relativa a la presentación de los certificados sanitarios originales.
Teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de la comunicación, agradeceré tu confirmación al contenido de la misma para trasladarla como cierta a todas nuestras Ateia’s, a nivel nacional.
Agradeciendo de antemano tu respuesta, recibe un cordial saludo,
Atentamente,
Martín Fernández
Adjunto – Secretario Técnico
FETEIA
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Buenos días a todos:
Os transmito la última información recibida de la Subdirección General de Sanidad Exterior en referencia a la presentación de los certificados sanitarios originales, atendiendo a las especiales circunstancias motivadas por la pandemia SARS-CoV-2:
«Documentación original
Dependiendo de si el certificado ha sido emitido y, en su caso firmado electrónicamente en TRACES, o si se ha hecho fuera del sistema, se aplicarán las siguientes medidas de flexibilidad:
- a) Certificados expedidos en TRACES y provistos de firma electrónica
Serán plenamente válidos.
- b) Certificados expedidos en TRACES pero firmados y sellados a mano
- Hasta el 30 de junio de 2020. Una vez realizado el control documental, sobre las copias, y el resto de los controles sanitarios que correspondan realizar, se podrá autorizar la importación siempre que el interesado presente un compromiso de entrega del original tan pronto como sea posible.
- A partir del 1 de julio de 2020. Se les aplicará las mismas reglas que en el caso de los certificados emitidos fuera de TRACES.
- c) Certificados que no han sido expedidos a través de TRACES
Hasta el 31 de julio de 2020. Una vez realizados los controles, se autorizará la importación siempre y cuando:
- O bien vayan provistos de un código seguro de verificación de forma que permita comprobar en línea la autenticidad de cada uno de los documentos,
- O bien las autoridades competentes del país tercero, a través de un canal oficial, dan fe de su autenticidad, adjuntando una copia electrónica de cada uno de los documentos, y el interesado aporte el compromiso de entrega de los originales, tan pronto como sea posible. A estos efectos se considerará un canal oficial la remisión por correo electrónico del documento escaneado al buzón areacim@mscbs.es (con CC al buzón institucional del Puesto de Control Fronterizo: sanidad_exterior@correo.gob.es) enviado desde un correo electrónico oficial o desde un dirección de correo electrónico perteneciente a la autoridad oficial.
En cualquier otro caso habrá que esperar a que se presenten los documentos originales antes de autorizar el despacho de la partida.
ii. A partir del 1 agosto de 2020. Será necesario aportar el original del CSO antes de firmar la parte II del CHED».
Muchas gracias y un saludo
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