RD 537/2020, 22 mayo, prorroga estado de alarma. Levantamiento suspensión plazos procesales y administrativos (LAB.-F- 28/20)

RD 537/2020, 22 mayo, prorroga estado de alarma. Levantamiento suspensión plazos procesales y administrativos (LAB.-F- 28/20)
26 mayo, 2020 Ateia

 

Para su información, facilitamos el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En primer lugar se establece que el estado de alarma se extenderá hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020. También se establecen ciertas medidas reguladoras del procedimiento de desescalada.

Adquiere especial relevancia el hecho de que se levanta la suspensión de los plazos procesales y administrativos de conformidad con lo siguiente:

–      Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos procesales.

–      Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

–      Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones.

 

Atentamente,

 

Martín Fernández

Adjunto – Secretario Técnico

FETEIA

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