Requisitos para constituirse como Agente de Carga IATA (AIR.-F- 03/20)

Requisitos para constituirse como Agente de Carga IATA (AIR.-F- 03/20)
18 febrero, 2020 Ateia

 

A continuación facilitamos nuestro parecer a una consulta formulada por una empresa miembro de ATEIA Bizkaia-OLT referida a los requisitos para constituirse como Agente de Carga IATA:

El procedimiento y los requisitos a cumplir para ser Agente de Carga IATA se encuentran regulados en la Resolución 805zz del Manual del Programa Europeo de Carga Aérea de IATA.

 

De conformidad con la misma, toda persona u organización que desee ser acreditado como Intermediario de Carga IATA podrá hacerlo presentando la solicitud correspondiente. Podéis obtener información detallada y el formulario de solicitud contactando con IATA y/o en el siguiente link: https://www.iata.org/en/contact-support/

 

En cuanto a los requisitos, los hay de tipo personal y de tipo financiero:

 

Requisitos personales:

 

–       El solicitante deberá contratar a dos personas competentes y capacitadas que trabajen a horario completo y que puedan desempeñar los servicios y facilidades para el manejo de carga establecidas en el Manual del Programa de Carga Aérea, de modo que por lo menos una persona esté presente en todos los lugares donde la carga aérea esté dispuesta para el transporte dentro de las horas de trabajo de la oficina.

 

–       Estas personas deberán reunir los requisitos de capacitación sobre mercancías peligrosas y carga general y deberán:

 

Estar en posesión del Diploma del Curso de Introducción IATA o haber finalizado equivalente impartido por una compañía Miembro de IATA, un miembro de FIATA cuyo curso haya sido acreditado por el Instituto de Carga Aérea FIATA (AFI) o cualquier otro curso dado por una compañía aérea, organización empresarial (ATEIA-OLTRA MADRID) o un Instituto de formación profesional que sea reconocido por el Consejo. En caso de no cumplir con estos requisitos, el intermediario podrá dar cumplimiento si demuestra que su personal incluye como mínimo a dos personas competentes a tiempo completo, con una experiencia mínima de dos años en la prestación de servicios de carga aérea.

 

–       Estar en posesión de un certificado válido extendido dentro de los dos años anteriores a la solicitud (u otro periodo de tiempo que pueda ser determinado por las autoridades locales) que atestigüe que el titular ha seguido y superado el examen escrito de un curso de Manejo Aceptación de Mercancías Peligrosas.

 

Requisitos financieros:

 

–       El solicitante, deberá presentar los estados financieros (que consistirán en estados de pérdidas y ganancias y balance de situación actuales y certificados, confeccionados independientemente y preparados de acuerdo con las prácticas contables locales).

 

–       Todos los intermediarios de Carga IATA que participan en el Programa Europeo de Carga Aérea participarán en el Plan de Crédito de la Industria de Carga (CSMS) y se le asignará un límite de Solución de CASS. En este sentido, los solicitantes indicarán el nivel de crédito requerido en cada uno de los CASS en el que se propone participar.

 

Cuando la situación financiera de un Intermediario y/o el nivel de crédito esté sujeto a revisión por el Administrador de Agencias se le podrá pedir al intermediario que:

 

1)      Presente documentos necesarios para la realización de dicha revisión.

2)      Renueve antes de la fecha de expiración toda garantía bancaria o fianza.

3)      Ajuste el nivel de toda garantía bancaria o fianza.

 

Por último, el intermediario podría satisfacer el requisito de proporcionar apoyo financiero adicional tipo de garantía que acepte el Administrador de la agencia en cada momento.

 

Atentamente,

 

Martín Fernández

Adjunto – Secretario Técnico

FETEIA

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