Orden TMA/138/2022 concesión directa ayudas para transformación flotas transporte mercancías (TIR.-F- 09/22)

Orden TMA/138/2022 concesión directa ayudas para transformación flotas transporte mercancías (TIR.-F- 09/22)
4 marzo, 2022 Ateia

 

Para su información, facilitamos la Orden TMA/138/2022, de 28 de febrero, por la que se modifican los Anexos I, III, IV y VI del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Orden tiene por objeto la modificación de diversos anexos del Real Decreto 983/2021, para cambiar alguna cuestión concreta sobre las ayudas, como las siguientes:

  • Se modifican las condiciones establecidas para la ayuda al achatarramiento, manteniendo la exigencia de que el vehículo haya estado adscrito a una autorización de transporte durante los dos últimos años, pero se elimina el requisito de disponer de ITV en vigor a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto.
  • En relación con la adquisición de vehículos nuevos con energías alternativas bajas en carbono, se actualiza la tabla de cuantías individuales de ayuda fija en función de la categoría del vehículo, la tecnología de la motorización y el tipo de destinatario.
  • Se modifica la definición de vehículo eléctrico híbrido.
  • En relación con la actividad de implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, se flexibiliza el requisito de haber presentado simultáneamente solicitud de ayuda para la adquisición de un vehículo eléctrico.
  • Se modifica la documentación exigida a los destinatarios de las ayudas, tanto en la solicitud como en la justificación la actuación realizada.
  • Se incluye la necesidad de indicar en la solicitud, en caso de adquisición de vehículos híbridos (HEV) de categoría N, que el solicitante conoce y acepta que el vehículo a adquirir debe estar incluido dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2019/1242.

 

Atentamente,

 

Martín Fernández

Secretario Técnico

FETEIA

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