
Facilitamos la comunicación de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril en la que se informa sobre la publicación de la Orden HAC/674/2026, de 2 de julio, por la que se establecen adaptaciones y concreciones relativas a las ayudas a los sectores del transporte terrestre por carretera contempladas en los artículos 55 y 58 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, en materia de adecuación al régimen de ayudas de Estado.
La Orden tiene por objeto establecer los requisitos para ser beneficiario de las ayudas establecidas en el Real Decreto-ley 7/2026, para el transporte por carretera (ayuda a través del sistema de devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos por gasóleo de uso profesional y/o las ayudas directas por vehículo).
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
Via Laietana, 32-34 3ª 08003 Barcelona
Telf: (+34) 932 68 94 30 feteia@feteia.org
Asunto: RV: Publicación 04.07.2026 ORDEN MINHAC transportes
Importancia: Alta
Buenos días:
Les informamos de que el pasado sábado se ha publicado en el BOE la Orden HAC/674/2026, de 2 de julio, por la que se establecen adaptaciones y concreciones relativas a las ayudas a los sectores del transporte terrestre por carretera contempladas en los artículos 55 y 58 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, en materia de adecuación al régimen de ayudas de Estado.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria ha puesto a disposición de los beneficiarios con domicilio fiscal en territorio común las declaraciones responsables correspondientes, junto con una nota informativa, tanto para ayuda directa al transporte, como para la ayuda para sufragar el precio del gasóleo consumido por beneficiarios de la devolución por Gasóleo Profesional.
Un cordial saludo,
Dirección General Transporte por Carretera y Ferrocarril
