NI GA 11/2020 sobre el tratamiento aduanero de las importaciones de material para donaciones en relación con la exención en beneficio de víctimas de catástrofes (ADU.-F- 56/20)

NI GA 11/2020 sobre el tratamiento aduanero de las importaciones de material para donaciones en relación con la exención en beneficio de víctimas de catástrofes (ADU.-F- 56/20)
2 abril, 2020 Ateia

 

Para su información, facilitamos la Nota Informativa NI GA 11/2020 de 2 de abril, sobre el tratamiento aduanero de las importaciones de material para donación en relación con la exención en beneficio de víctimas de catástrofes.

 – NI GA 11/2020 de 2 de abril

El pasado 23 de marzo se publicó la NI GA 06/2020, sobre aplicación de la franquicia en beneficio de víctimas de catástrofes, y que establecía el procedimiento para solicitar la aplicación de: (i) la franquicia de arancel y (ii) la exención de IVA. Sin embargo, estos beneficios únicamente resultaban de aplicación si el importador era una entidad pública o un organismo privado autorizado, de carácter benéfico, caritativo o filantrópico.

La presente NI GA 11/2020 flexibiliza los criterios y se admite la aplicación de la exención a los casos en que otros operadores importen estos bienes para una donación posterior a este tipo de entidades, sometido a los siguientes requisitos:

La exención queda condicionada a la justificación de la posterior donación de la mercancía a una entidad debidamente autorizada.

La previa aportación de una garantía que cubra los importes de los tributos que correspondan.

Que, una vez formalizada la donación, se remita a la aduana justificación de la recepción de la mercancía y copia de la autorización.

En cuanto a la operativa, será posible la utilización de la declaración simplificada por falta de documentos de uso no habitual (sin autorización previa). Asimismo, la nota incluye las claves y códigos a incluir en la declaración de importación.

Por último, en relación con los posibles controles por parte de los Servicios de Inspección de Farmacia, que resulta de aplicación a las expediciones comerciales de material sanitario, se establece el procedimiento para evitar dicha inspección en caso de donaciones.

Atentamente,

 

Martín Fernández

Adjunto – Secretario Técnico

FETEIA

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