
Recordamos que, a partir del 1 de enero de 2027, entra en aplicación el nuevo régimen de Transportista Aprobado (AH, “approved haulier”) introducido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1255. Desde esa fecha, el actual sistema basado en la declaración de compromiso del transportista desaparece y el transporte de superficie de carga segura subcontratado exigirá una aprobación previa de AESA.
Por tanto, a partir del 1 de enero de 2027, la carga y el correo aéreos que hayan superado los controles de seguridad solo podrán ser transportados por superficie por:
- Un Agente Acreditado, con sus propios medios y recursos.
- Un Expedidor Conocido, únicamente para su propia carga y con sus propios medios.
- Un Transportista Aprobado por la autoridad competente, que tenga contrato con el RA o KC por cuenta del cual transporta (o, en servicios de carga aérea por carretera, directamente con la compañía aérea).
Esta exigencia no se aplica a los movimientos dentro de las zonas restringidas de seguridad de los aeropuertos.
Por tanto, los transitarios con estatus de Agente Acreditado deberán comprobar que los transportistas contratados son AH y formalizar los consiguientes contratos.
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
Vía Laietana, 32-34 3ª 08003 Barcelona
Telf: (+34) 932 68 94 30 feteia@feteia.org