Subvenciones planes MITMA (LAB.-F- 04/22)

Subvenciones planes MITMA (LAB.-F- 04/22)
10 mayo, 2022 Ateia

 

Por la presente, informamos de que se han publicado en el BOE diversas Órdenes Ministeriales para la concesión de ayudas en el marco del Programa Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

  1. Orden TMA/370/2022, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Programa de Apoyo al Transporte Sostenible y Digital en concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.

 

El programa tiene por objeto subvencionar aquellos proyectos de inversión que se integren en las siguientes líneas de actuación y en las medidas que se especifican en la convocatoria:

 

  1. a) Interoperabilidad en transporte ferroviario de mercancías: 45 millones de euros.

 

Medida 1. Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Ferroviario (ERTMS) a bordo: 12 millones de euros.

Medida 2. Acciones que eliminen las barreras para la interoperabilidad ferroviaria de conformidad con las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad (ETIs): 18 millones de euros.

Medida 2.1 Sistemas de reducción de ruido en material rodante: 1,5 millones de euros.

Medida 2.2 Instalación de ejes de ancho variable en vagones de transporte de mercancías: 4,5 millones de euros.

Medida 2.3 Adaptación de locomotoras a varias tensiones de trabajo: 12 millones de euros.

Medida 3. Innovación y desarrollo del eje de ancho variable en locomotoras: 15 millones de euros.

 

  1. b) Fomento de la intermodalidad del transporte: 75 millones de euros.

 

Medida 4. Construcción, adaptación o mejora de cargaderos y terminales intermodales ferrocarril-carretera, y sus conexiones terrestres: 75 millones de euros.

 

  1. c) Modernización de material ferroviario de mercancías: 125 millones de euros.

 

Medida 5. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de vagones para el transporte ferroviario de mercancías, incluido el necesario para el establecimiento de servicios de autopistas ferroviarias: 55 millones de euros.

Medida 6. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de material tractor ferroviario con otro material que utilice combustibles alternativos como el hidrógeno o la electricidad: 70 millones de euros.

 

  1. d) Transporte por carretera seguro, sostenible y conectado: 56,5 millones de euros.

 

Medida 7. Construcción y mejora de zonas de aparcamiento seguras para vehículos comerciales, así como la provisión de servicios de información: 25 millones de euros.

Medida 8. Servicios Inteligentes de Transporte para el sector de carreteras (ITS) en concesiones de autopistas de peaje y otros servicios relacionados con la seguridad y conservación de las carreteras: 20 millones de euros.

Medida 9. Acciones de apoyo a la implantación de la infraestructura de reabastecimiento de combustibles alternativos para vehículos pesados en la red de carreteras: 3 millones de euros.

Medida 10. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de medios y maquinaria para conseguir pavimentos sostenibles: disminución de huella de carbono y sonorreductores: 8,5 millones de euros.

 

  1. e) Sostenibilidad del transporte marítimo y aéreo: 111 millones de euros.

 

Medida 11. Apoyo al despliegue de combustibles alternativos en Puertos y Aeropuertos: 100 millones de euros.

Medida 12. Apoyo a la adopción de tecnologías propulsivas con energías alternativas en el sector marítimo: 11 millones de euros.

 

  1. f) Digitalización del transporte: 47,5 millones de euros.

Medida 13. Proyectos para la digitalización de los servicios

 

Nótese que existe una discrepancia entre la tabla de ayudas y medidas de esta orden y la de la orden TMA/391/2022

 

En el Anexo I se detallan las intensidades de las subvenciones, así como el importe mínimo y máximo de subvención establecido por proyecto.

 

El plazo de presentación de solicitudes será de cuarenta (40) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (29 de abril), salvo que en esta se establezca otro plazo.

 

 

  1. Orden TMA/371/2022, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte ferroviario de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al periodo de elegibilidad 2022.

 

El programa de eco-incentivos descrito en estas bases reguladoras tiene por objeto subvencionar el desarrollo y uso de servicios de transporte ferroviario de mercancías de forma proporcional a un mérito ambiental y socioeconómico demostrado, medido como reducción de costes externos del modo ferroviario respecto del modo carretera, en cumplimiento de los objetivos específicos establecidos. La finalidad es consolidar e incrementar la cuota modal del transporte ferroviario de mercancías, mejorando su desempeño ambiental. Asimismo, se pretende revertir el descenso de la cuota del transporte ferroviario con criterios de sostenibilidad objetivos.

 

Será subvencionable la actividad de transporte ferroviario de mercancías que demuestre un mérito ambiental y socioeconómico en los términos definidos en estas bases reguladoras y que cumpla los requisitos incluidos en la propia Orden.

 

El periodo de elegibilidad de la actividad subvencionable finalizará el 30 de junio de 2026 o en la fecha en que se produzca el agotamiento del crédito presupuestario disponible, sin perjuicio del periodo que establezca la convocatoria correspondiente.

 

El plazo de presentación de solicitudes comprenderá del 1 de enero al 31 de marzo de cada ejercicio presupuestario a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (en adelante, BOE), salvo que en esta se establezca otro plazo. Para el primer plazo, se prevé que el plazo de presentación será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de marzo de 2023 (artículo 32).

 

El pago de la subvención se llevará a cabo posteriormente al devengo de la misma, en el ejercicio presupuestario en el que se haya realizado la solicitud y siempre que exista crédito adecuado y suficiente. El beneficiario recibirá la entrega dineraria correspondiente al total de la subvención concedida, con carácter definitivo, previa justificación y verificación de la ejecución de la actividad subvencionable

3.- Orden TMA/391/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el procedimiento y la convocatoria para la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión.

 

El objeto de la orden ministerial es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, del ecoincentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico.

 

El programa de eco-incentivos descrito en estas bases reguladoras tiene por objeto subvencionar el uso de servicios de transporte marítimo de mercancías de forma proporcional a un mérito ambiental y socioeconómico demostrado, medido como reducción de costes externos del modo marítimo respecto del modo carretera.

 

La actividad subvencionable será el transporte internacional de mercancías por carretera mediante la utilización de unidades elegibles que se realice total o parcialmente por vía marítima entre puertos situados en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea, en cualquiera de los servicios elegibles.

 

El plazo para la presentación de solicitudes será el establecido en el siguiente

calendario:

a) Quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»;

b) Quince (15) días hábiles contados a partir del 8 de enero de 2023;

c) Quince (15) días hábiles contados a partir del 8 de enero de 2024.

 

Se facilita circular elaborada por la Asociación Española Promoción de Transporte Marítimo de Corta Distancia.

Orden TMA_370_2022

Orden TMA_371_2022

Orden TMA_391_2022

Ref 23-22 Convocatoria de ecoincentivos al transporte marítimo

 

 

Atentamente,

 

Martín Fernández

Secretario Técnico

FETEIA

Via Laietana, 32-34, 3º · 08003 BARCELONA

( (+34) 932 689 430 · Tel. movil: 666 880 152


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