SERVICIO WEB DE COMPLEMENTACIÓN DE DUAS SIMPLIFICADOS DE IMPORTACIÓN- CIRCULAR ADU.-F-94/17

SERVICIO WEB DE COMPLEMENTACIÓN DE DUAS SIMPLIFICADOS DE IMPORTACIÓN- CIRCULAR ADU.-F-94/17
24 noviembre, 2017 Ateia

Apreciados todos,

Publicación en el apartado NOVEDADES de la web de Aduanas e IIEE.:

Servicio web de complementacion de duas simplificados de importación por falta de documentos (Cas. 1.2 = B) o de comunicación de estar en posesión de los documentos justificativos pendientes para operadores autorizados a la simplificación de inscripción en los registros (cas 1.2 = Z).

» Desde el día 27-11-2017 se puede realizar pruebas en el entorno de PREproduccion del nuevo mensaje XML para la complementacion de los duas a los que faltaba documentos en el momento de su registro en la AEAT de acuerdo a lo previsto en el artículo 147 del Reglamento Delegado 2015/2446 por el que se complementa el Reglamento (UE) nº 952/2013 y apartado 2.4 de la Resolución del DUA de 25 de agosto de 2017.

A partir del 11-12-2017 se podrá realizar el citado mensaje XML en el entorno de PROducción.

Para ello se publica la versión 1.3 de la Guía XML de mensajes de información entre el operador y la Aduana del dúa de importación, donde se detalla el servicio web correspondiente.

Con este servicio se aportan en la casilla 44 los documentos justificativos que le faltan a una o varias declaraciones con procedimiento tipo B o Z. Para aportar los documentos relacionados con varias declaraciones se tendrá que contar con autorización de declaración simplificada de uso habitual previsto en el artículo 166.2 del CAU

Las declaraciones simplificadas tienen que haber obtenido el Levante.

En el mensaje de envío se especifican los documentos a aportar y los MRN o MRN-Partidas a complementar.

Para admitir el procedimiento será necesario que para todos los MRN´s indicados sean aportados todos los documentos justificativos que les faltan ya que sólo es posible presentar una declaración complementaria por declaración simplificada. Asimismo, en el supuesto de simplificación de inscripción en los registros, sólo es posible una comunicación de contar con la totalidad de los documentos justificativos por declaración previa.

Este mensaje está sujeto a control por la aduana pudiendo recibir un circuito verde, si se considera conforme o naranja si deben presentarse los documentos correspondientes en la Aduana. Esta documentación podrá anexarse por SEDE.»

Atentamente,
A.Figueroa

FETEIA
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