Real Decreto 114/2023, de 21 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones del Programa ICEX-Brexit de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (LAB.-F- 03/23)

Real Decreto 114/2023, de 21 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones del Programa ICEX-Brexit de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (LAB.-F- 03/23)
10 marzo, 2023 Ateia

 

Para su información, facilitamos el Real Decreto 114/2023, de 21 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones del Programa ICEX-Brexit de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.

El objeto consiste en establecer las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones destinadas a apoyar a las empresas y trabajadores autónomos que ejerzan legalmente su actividad en territorio español, afectados negativamente por la retirada del Reino Unido de la Unión Europea. En concreto, en el artículo 5 del RD se establece que podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones las empresas constituidas legalmente en España o los trabajadores autónomos inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, exportadores o con inversiones en el Reino Unido que se hayan visto perjudicados por el Brexit, excluyéndose, eso sí ciertos sectores, entre los que se encuentran las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora;),

Es por ello, que algunos de nuestros clientes podrían verse beneficiados.

Respecto a la cuantía, la subvención será el 75% de los gastos considerados como susceptibles de subvención y el apoyo máximo por beneficiario será de 200.000€.

Las actuaciones a apoyar en el marco de este programa serán todas aquellas desarrolladas entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2023 y tendrán una duración máxima de 48 meses, salvo prórroga del Reglamento.

Las convocatorias se aprobarán por resolución de la persona titular de la Presidencia de ICEX. La resolución que apruebe la convocatoria se publicará en la web de ICEX, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado.

 

Atentamente,

 

Martín Fernández

Secretario Técnico

FETEIA

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