NUEVAS MEDIDAS_APLICACION DEL REGLAMENTO EUROPEO SOBRE DEFORESTACION_EUDR (ADU.-F- 113/26)

NUEVAS MEDIDAS_APLICACION DEL REGLAMENTO EUROPEO SOBRE DEFORESTACION_EUDR (ADU.-F- 113/26)
15 julio, 2026 Ateia

 

Por la presente, informamos de que, el pasado 13 de julio de 2026, la Comisión Europea aprobó un nuevo paquete de medidas para facilitar la aplicación del Reglamento Europeo sobre Deforestación (EUDR – Reglamento (UE) 2023/1115).

Las medidas adoptadas incluyen:

Se eliminan del Anexo I, entre otros, los siguientes productos:

 

  • pieles, cueros y cuero de bovino (HS 4101, 4104 y 4107);
  • determinados artículos de caucho vulcanizado, incluidas correas transportadoras y de transmisión (HS 4010 y 4016);
  • semillas de soja destinadas a siembra;
  • neumáticos recauchutados (manteniéndose únicamente las bandas de rodadura dentro del ámbito de aplicación);
  • determinados asientos de madera, excluyéndose expresamente los asientos para aeronaves y vehículos de motor.

 

Por el contrario, se incorporan al ámbito de aplicación:

 

  • café soluble (HS 2101 11 00);
  • lenguas de bovino congeladas (HS ex 0206 21 00);
  • diversos derivados del aceite de palma utilizados por la industria oleoquímica, entre ellos determinados jabones en barras y escamas.

Estos nuevos productos no estarán sujetos al EUDR hasta el 30 de diciembre de 2027. En cambio, las exclusiones y aclaraciones introducidas por el Reglamento serán aplicables desde su entrada en vigor.

 

Se destacan algunas de las novedades:

  • un procedimiento específico para que microempresas y pequeñas empresas presenten, modifiquen o retiren declaraciones simplificadas
  • la posibilidad de agrupar varias declaraciones de diligencia debida o declaraciones simplificadas bajo un único número de referencia, reduciendo el tamaño de los archivos y facilitando los trámites aduaneros
  • nuevas especificaciones técnicas para la transmisión automática de información mediante APIs;

Se mantiene el calendario de aplicación previsto:

  • 30 de diciembre de 2026: aplicación para operadores y comerciantes medianos y grandes.
  • 30 de junio de 2027: aplicación para microempresas y pequeñas empresas.

Todavía está pendiente su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

 

Atentamente,

 

Martín Fernández

Secretario Técnico

FETEIA

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