Para su información, facilitamos la Nota Informativa 18/2025 de 31 de julio del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre el procedimiento para la solicitud del beneficio de un contingente arancelario.
En la nota se explica el nuevo procedimiento aplicable para la solicitud de contingentes arancelarios gestionados por la DG TAXUD, que se pondrán en producción el 15 de septiembre.
La novedad consiste en la existencia de un nuevo sistema de solicitud de saldo de contingente arancelario cuando se produzca una reapertura de contingente arancelario por la Unión. Así, en caso de una reapertura de un contingente previamente agotado, tendrá que ser el propio operador quien solicite, en su caso, beneficiarse de ese nuevo saldo, a través de un formulario disponible en sede electrónica de modo que será obligación de los operadores económicos mantenerse informados de la generación de reaperturas e incrementos de saldo y consecuentemente solicitar nueva cantidad a través del envío del formulario.
Las solicitudes de reapertura deberán generarse dentro del periodo de bloqueo que se ocasiona con la reapertura del contingente (normalmente 10 días hábiles), si bien se destaca que, para la gestión adecuada de la solicitud realizada ésta no deberá realizarse el último día del período de bloqueo.
Se ha habilitado un buzón de dudas en la Subdirección General de Gestión Aduanera, poniéndose a disposición de los operadores la siguiente dirección de correo electrónico:
contingentes.arancelarios@correo.aeat.es
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
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