
Facilitamos la Nota informativa 16/2026 de 23 de junio del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales por la que se modifica la Nota informativa 13/2026 relativa a la suspensión de las autorizaciones de perfeccionamiento activo para el azúcar de caña en bruto destinado a la obtención de azúcar blanco.
Tal y como se explica en la misma, la modificación de la Nota Informativa 13/2026 se realiza con el fin de trasladar que el periodo transitorio de 30 días establecido en el artículo 1.2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1124 ha sido prorrogado mediante Auto del Presidente del Tribunal General de la Unión Europea de 5 de junio de 2026 hasta que, como máximo, el Tribunal se pronuncie sobre la solicitud de medidas provisionales.
La prórroga afectará a:
- Las declaraciones aduaneras relativas a la importación de azúcar de caña en bruto, códigos NC 1701 13 90 y 1701 14 90, bajo el régimen de perfeccionamiento activo IM/EX y EX/IM (códigos de régimen aduanero 51 y 54).
- Las declaraciones aduaneras relativas a la exportación de azúcar blanco, código NC 1701 99 10, bajo el régimen de perfeccionamiento activo IM/EX (código de régimen aduanero 31).
En el propio Auto se aclara que la decisión de acogerse o no a la prórroga es propia de cada operador y que entraña riesgos en el sentido de que, si no se conceden medidas cautelares o si la acción de anulación no prospera, los despachos de aduana realizados durante la prórroga del período transitorio perderían su fundamento jurídico y expondrían al operador a la recuperación posterior al despacho de los derechos de importación con arreglo al Código Aduanero de la Unión, junto con los intereses y las sanciones aplicables.
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
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