
Facilitamos la Nota informativa 13/2026, de 28 de mayo, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales relativa a la suspensión de las autorizaciones de perfeccionamiento activo para el azúcar de caña en bruto destinado a la obtención de azúcar blanco.
En la Nota se explica que la Comisión Europea ha decidido suspender parcialmente la utilización del régimen de perfeccionamiento activo en el sector del azúcar (en particular, para el azúcar de caña en bruto utilizado para obtener azúcar blanco), con el fin de evitar distorsiones en el mercado. El periodo de suspensión finalizará el 27 de mayo de 2027, salvo prórroga.
Por ello, la Aduana llevará a cabo las siguientes actuaciones:
- Suspender la concesión de nuevas autorizaciones para el perfeccionamiento activo de azúcar en bruto.
- Suspender las autorizaciones existentes, si bien se establece un periodo transitorio que finalizará el 25 de junio de 2026.
Ya no se admitirán las declaraciones aduaneras relativas a la exportación de azúcar blanco al amparo del régimen de perfeccionamiento activo EX/IM, pero sí las declaraciones aduaneras relativas a la importación de azúcar de caña en bruto bajo el régimen de perfeccionamiento activo EX/IM, durante el periodo de suspensión. A partir del 25 de junio, no se admitirán las declaraciones aduaneras relativas a la importación de azúcar de caña en bruto bajo el régimen de perfeccionamiento activo IM/EX sobre la base de autorizaciones de perfeccionamiento activo que fueran válidas antes de la entrada en vigor del Reglamento en el que se establece la suspensión.
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
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