Firma certificados de circulación (EUR-1) (ADU.-F- 148/20)

Firma certificados de circulación (EUR-1) (ADU.-F- 148/20)
24 julio, 2020 Ateia

Por la presente facilitamos la comunicación del Administrador de la Aduana de Valencia anunciando que ha adoptado la decisión de firmar todos los Certificados de Circulación (en particular los EUR-1), sea el exportador titular de la autorización de exportador autorizado o no.

El origen de esta comunicación reside en la solicitud que recibió nuestra Organización directamente de una empresa-asociada en la que se nos informaba que Egipto no aceptaba las declaraciones en factura o documentos comerciales realizadas por los exportadores autorizados (con el problema añadido de que Aduanas habían comenzado a rechazar la emisión de los certificados EUR-1 a los exportadores autorizados). Por parte de FETEIA-OLTRA se realizaron gestiones oportunas con la Subdirectora del Departamento de Aduanas e II.EE para normalizar la referida situación firmando todos los certificados de circulación, e incluso solicitando elevar la cuestión de Egipto a la Comisión Europea para evitar los perjuicios económicos y operativos que se venían causando a los exportadores y Transitarios-Representantes Aduaneros.

Atentamente,

Martín FernándezAdjunto –  Secretario Técnico ***

Buenos días,

Les remito el presente correo a los efectos de informales que, ante la falta de homogeneidad en el comportamiento de las Aduanas en relación con los criterios que deben gobernar la firma de certificados de circulación y los efectos que este hecho está generando en los operadores vinculados a la actividad de esta Aduana, se ha tomado la decisión de firmar todos los certificados de circulación que se soliciten, sea el exportador titular de una autorización de exportador autorizado o no y siempre que el importe total de la operación exceda los 6.000 euros.

Sin perjuicio de lo anterior, sí que se ruega que, en la medida en que el destino de la operación de exportación no implique problemas en la aceptación de la declaración en factura, se opte por la emisión de dicha prueba siempre que el exportador sea titular de una autorización de exportador autorizado. De esta forma, podremos aligerar la tramitación de los certificados de circulación en papel sin menoscabar la situación de los operadores que tradicionalmente trabajan con esta Aduana.

En todo caso, la entrega y recogida de carpetas deberá realizarse mediante el sistema de cita previa conforme a los horarios y condiciones que se comunicaron en fecha 3-07-2020.

Esta decisión ya afectará a la firma de los certificados que se presenten mañana, viernes, 24-07-2020.

Un saludo,

Dídac S.
Administrador de la Aduana Marítima de Valencia

 

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