Como continuación de nuestra Circular ADU.-F- 35/18 sobre los controles a las importaciones de juguetes por parte de Sanidad Exterior, facilitamos a continuación la correspondencia mantenida con la Subdirectora del Departamento de Aduanas e II.EE al respecto, a fin de asignar un código a las expediciones de juguetes que no contengan productos alimenticios.
Saludos,
Cesáreo Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
Via Laietana, 32-34, 2º · 08003 BARCELONA
* (+34) 932 689 430 · Ê (+34) 933 192 080 ________________________________________________________________________________________________________________________________
De: nerea.rodriguez@<mailto:nerea.rodriguez@>
Enviado el: martes, 17 de abril de 2018 8:44
Para: cesareofernandez@bufetecf.com<mailto:cesareofernandez@bufetecf.com>
Asunto: Re: Inspección Sanidad/juguetes
Buenos días Cesáreo,
Lo estudiaremos a ver si podemos adoptar alguna medida.
Un saludo,
Nerea Rodríguez Entremonzaga
Subdirectora General de Gestión Aduanera Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales Avda. Llano Castellano, 17 – 28034 MADRID
Tlf: (+34) 91 728 98 54
De: «Cesareo Fernandez» <cesareofernandez@bufetecf.com<mailto:cesareofernandez@bufetecf.com>>
Para: <nerea.rodriguez@.s<mailto:nerea.rodriguez@.s>
Fecha: 16/04/2018 17:38
Asunto: Inspección Sanidad/juguetes
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Buenos días Nerea,
Te facilito el escrito recibido de Fernando Riesco de Sanidad Exterior sobre el reciente filtro establecido para los juguetes con productos alimenticios.
Teniendo en cuenta que en nuestro País tenemos un volumen muy importante de importaciones de juguetes, sin contener productos alimenticios, consideramos conveniente asignar por parte de la Aduana un código a reseñar en la casilla 44 del DUA, como en los controles de Farmacia, para determinar con folletos o escrito del propio importador que las mercancías no contienen alimentos, a fin de agilizar los despachos de estas expediciones.
En espera de tus noticias, recibe un cordial saludo.
Cesáreo
Cesáreo Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
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De: areacim@es<mailto:areacim@msssi.es><es<mailto:areacim@msssi.es>> .
Enviado el: jueves, 12 de abril de 2018 14:55
Para: cesareofernandez@bufetecf.com<mailto:cesareofernandez@bufetecf.com>
Asunto: RE: Formulario- Datos necesarios a efectos de la notificación electrónica
Estimado Cesáreo,
Supongo que la medida a la que te refieres está vinculada al código 9503 00. De ser así, te confirmo que está medida es aplicable desde hace bastantes años. El problema es que había numerosos errores en los filtros aplicados por la AEAT, que al parecer se vienen arrastrando desde hace mucho tiempo, y de ahí que se haya vuelto a pedir a la SG Gestión Aduanera se subsane esta situación con carácter de urgencia.
Como te digo la medida se refiere al código 950300 y afecta a todos los juguetes que lleven en su composición o se combinen con algún tipo de producto alimenticio (por ejemplo, pistolas o muñecos con caramelos en el interior). En el resto de los casos será necesario emitir un certificado de no intervención.
Muchas gracias. Saludos,
FERNANDO RIESCO RODRÍGUEZ
Jefe de Área de Control Internacional de Mercancías Subdirección General de Sanidad Exterior Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad