CONSOLIDACIÓN FISCAL (FIS.-F- 08/20)
Les recordamos que los grupos de empresas que quieran optar por el régimen de consolidación fiscal para poder aplicarlo a partir del 2021, deberán comunicar este extremo a Hacienda antes de que finalice el año y el Órgano de Administración de cada una de las compañías tendrá que acordar acogerse a dicho régimen.
Si el grupo de empresas ya está acogido al régimen de consolidación fiscal, deberá comunicar a Hacienda cualquier variación en las sociedades, así como la inclusión y la exclusión de empresas del grupo.
Esta opción conlleva ciertos beneficios en el Impuesto sobre Sociedades como no tener que realizar retenciones sobre los rendimientos abonados entre sociedades del grupo, compensar las pérdidas de alguna de las empresas con los beneficios de otras, las operaciones vinculadas entre las empresas no tendrán que cumplir todas las obligaciones documentales, los requisitos para obtener ventajas fiscales se pueden cumplir a nivel grupal, etc.
Atentamente,
Martín Fernández
Adjunto – Secretario Técnico
FETEIA
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