Por la presente informamos de cambios en el sistema GVMS para los movimientos del Convenio de Tránsito Común relativos a las exportaciones Reino Unido – UE, que entrarán en vigor el próximo 1 de agosto de 2022.
A partir de esa fecha ya no se podrá introducir un número de referencia de movimiento de tránsito (MRN) en una referencia de movimiento de mercancías (GMR) para un movimiento de tránsito de salida de Gran Bretaña, a menos que sea un expedidor o destinatario autorizado (ACC).
Si se obtiene el estatus ACC, por ahora se puede continuar empleando el procedimiento actual. Sin embargo, si no se dispone de dicho estatus, será necesario: (i) Incluir todas las referencias de consignación únicas de la declaración (DUCR) en un GMR, o (ii) Incluir todos los DUCR en una Referencia Única de Consignación (MUCR).
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico