Aclaraciones Ministerio Transportes sobre la adquisición y distribución de mascarillas para los transportistas (TIR.-F- 25/20)

Aclaraciones Ministerio Transportes sobre la adquisición y distribución de mascarillas para los transportistas (TIR.-F- 25/20)
23 marzo, 2020 Ateia

 

Remitimos comunicación del Jefe de Área de la Unidad de Emergencias y Coordinación y Gestión de Crisis, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y recibido del Comité Nacional de Transporte Terrestre, en la que se ofrecen aclaraciones sobre la adquisición y distribución de mascarillas para los transportistas.

 

Atentamente,

 

Secretaría

FETEIA

Via Laietana, 32-34 4ª – 08003 Barcelona

Telf:(+34)932 68 94 30

feteia@feteia.org

_________________________________________________________________

De: CNTC
Enviado el: domingo, 22 de marzo de 2020 20:10
Asunto: RV: Aclaraciones MITMA sobre la adquisición y distribución de mascarillas para los transportistas

Buenas tardes,

Por indicación de la DG de Transporte Terrestre, se comunica lo siguiente:

Antes las dudas y consultas que están surgiendo en relación con la adquisición y distribución de mascarillas por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se considera conveniente transmitir al sector las siguientes aclaraciones:

“El pasado día 21 de marzo de 2020 fue publicada la orden TMA/263/2020, de 20 de marzo, por la que se regula la adquisición y distribución de mascarillas por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Las mascarillas serán adquiridas para su posterior distribución al personal que presta sus servicios en el sector del transporte en áreas de riesgo, según los criterios indicados con carácter general por el Ministerio de Sanidad, distribuyéndose a los trabajadores relacionados con el servicio de transporte público, así como a los trabajadores del ámbito privado relacionados con el transporte de viajeros y de mercancías en todo el territorio nacional.

La Disposición final primera habilita a la Directora General de Transporte Terrestre para dictar, en su caso, las instrucciones que sean necesarias para la concreción de la medida establecida en la citada Orden TMA/263/2020.

Se estima necesario precisar los criterios de asignación y el procedimiento de distribución de las mascarillas para trabajadores que prestan servicios en el ámbito del transporte terrestre de viajeros y de mercancías a que se refiere el artículo 5.b), por lo que en ejercicio de la habilitación otorgada se dictaran las instrucciones necesarias que se darán a conocer en el momento oportuno.

En dichas instrucciones se recogerán criterios transparentes de asignación,  se establecerá un procedimiento ágil y con el control adecuado y se tomaran las medidas adecuadas para poder llevar a efecto su distribución.

Un saludo,


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