
Tras la reciente propuesta de la Comisión de retrasar la aplicación del Reglamento de la UE sobre la deforestación (EUDR) para los pequeños operadores y conceder un período de gracia de seis meses a las empresas más grandes, la Comisión ha publicado ahora orientaciones adicionales para facilitar los procedimientos aduaneros durante la fase de transición.
Según las orientaciones, los exportadores y reimportadores pueden utilizar un número de referencia convencional del sistema de diligencia debida (DDS) (conventional Due Diligence System (DDS) reference number) en lugar del número DDS habitual obtenido a través del sistema de información, en las siguientes condiciones:
- El producto (o sus componentes) se comercializó inicialmente en el mercado de la UE durante el período transitorio; y
- El operador puede aportar pruebas de esta comercialización inicial.
El código universal que se utilizará en las declaraciones de aduana es: 99EU9999999999
Este código puede introducirse directamente en los sistemas aduaneros sin necesidad de cargar datos en el sistema de información EUDR. Su objetivo es mantener la continuidad del comercio y evitar cargas administrativas innecesarias mientras se introduce gradualmente el marco de aplicación del EUDR. No obstante, las autoridades competentes y aduaneras supervisarán su uso y podrán solicitar pruebas justificativas a los operadores.
La nota completa de la Comisión, junto con otra documentación relacionada con el EUDR, está disponible en la carpeta del portal EUDR CIRCA.
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico
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